Conocé los últimos ajustes del Reglamento de Comprobantes Electrónicos.
- Hasta el pasado 10 de febrero, los contribuyentes estaban obligados a aceptar en su respectivo sistema de facturación los comprobantes de gastos relacionados a su actividad que constituyan un gasto deducible. Sin embargo por medio del Decreto 42915-H esto ya no será obligatorio en todos los casos.
¿En qué casos aún existe obligatoriedad de aceptar estos comprobantes?
Se deberán aceptar o rechazar comprobantes en los siguientes escenarios:
- Cuando el comprobante electrónico recibido no está directamente relacionado con la actividad del contribuyente.
- Cuando el comprobante electrónico recibido goza de algún beneficio fiscal.
¿Y qué pasa con el resto de los comprobantes que llegan a mi correo electrónico?
Para las facturas de aceptación opcional, el Ministerio de Hacienda las tomará como aceptadas de manera automática luego de los 8 días hábiles posteriores al mes de la fecha de la factura, a no ser que hayás indicado un rechazo de alguna de ellas. Sin embargo es importante que sigás los siguientes consejos para evitar cualquier inconveniente:
- ¡No dejés de revisar tus comprobantes! Te recomendamos realizar una revisión semanal de los comprobantes recibidos en los últimos 8 días.
- Asegurate de aceptar los comprobantes para los que la aceptación continúa siendo obligatoria.
- Recordá que el proceso de aceptación no se elimina, sino que se modifica. Es fundamental tener esto claro; en cualquier momento ya que como contribuyente podrás estar obligado a realizar un proceso de aceptación para alguna de las facturas que recibís.
Si tenés dudas sobre este proceso no dudés en contactarnos. Nuestro equipo estará muy feliz de ayudarte y brindarte la asesoría que estás buscando.